top of page
  • Foto del escritorIsrael Rangel

CONTENIDO NACIONAL ¿Cómo se determina? ¿Quiénes están obligados? (video informativo incluido)

Actualizado: 26 ene 2023


NOTA: VENCIMIENTO PARA PRESENTAR INFORME ESTE 30 DE ABRIL PROXIMO PARA HIDROCARBUROS


El Contenido Nacional es ya una realidad en nuestro país en este 2020, con la apertura del mercado energético, concretamente de hidrocarburos, se generaron diversas obligaciones para los participantes en el sector, sobre todo para los operadores que han resultado ganadores en las licitaciones para actividades de exploración y producción. Con diversos cambios por venir (sobre todo en muchos niveles de gobierno y sus dependencias) se deja entrever en sus diversas propuestas por cumplir en este sector, se revisara su adecuado cumplimiento y se le dará un impulso sin precedentes.

Para recordar que es el Contenido Nacional. puedes ver nuestro blog del tema, en el siguiente link:


Entremos un poco en materia, el artículo 46 la Ley de Hidrocarburos se establece un mandato rector el cual señala:

Para el Contenido Nacional; se debe establecer una metodología, medir el Contenido Nacional y verificar su cumplimiento. Los principales retos de los contratistas o asignatarios (Operadores), así como de sus proveedores, se encuentran en determinar correctamente el cálculo de CN, de conformidad con la metodología publicada por la Secretaría de Economía, donde se establece la fórmula para la medición del CN.

El entender y aplicar estos tres principios rectores, facilitará el poder realizar el cálculo del Contenido Nacional en el área de hidrocarburos, empecemos entonces:

METODOLOGÍA

La Secretaria de Economía (SE) emite el 13 de noviembre de 2014 el “ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA METODOLOGÍA PARA LA MEDICIÓN DEL CONTENIDO NACIONAL EN ASIGNACIONES Y CONTRATOS PARA LA EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS, ASÍ COMO PARA LOS PERMISOS EN LA INDUSTRIA DE HIDROCARBUROS”.

Esta metodología se basa en seis etapas; Bienes, Mano de Obra, Servicios, Capacitación, Transferencia de Tecnología e Infraestructura, y una serie de criterios y supuestos que facilitarán los cálculos, ya que ayudan a definir la Proporción de Contenido Nacional (CN) para cada una de estas etapas.

Se establecen las fórmulas para calcular el Contenido Nacional y la Proporción del mismo (PCN), para cada etapa y al final se debe integrar el valor total de CN en porcentaje que se haya establecido en el contrato, asignación o permiso correspondiente.

MEDICIÓN DEL CONTENIDO NACIONAL

Para cada una de estas etapas se tendrán que hacer dos cálculos:

- Uno sobre la Proporción de Contenido Nacional, PCN, y

- Otro sobre el Contenido Nacional de cada una de estas etapas, obteniendo un valor en pesos mexicanos. Será necesario tener en cuenta los criterios que para cada etapa establece la SE, los cuales facilitan el cálculo que se esta realizando, finalmente teniendo los valores de cada etapa, se sustituyen los valores de acuerdo con la formula arriba establecida, obteniéndose un valor final en porcentaje.

Los Asignatarios, Contratistas o Permisionarios, son los responsables de entregar el valor de Contenido Nacional a la Secretaria de Economía, quienes deben considerar que el resultado que entreguen debe estar basado en el cálculo de Contenido Nacional de cada uno de sus proveedores, lo cual puede representar situaciones tan extremas como la mostrada en la imagen que se muestra o ser más simples, dependiendo del número de proveedores que se tengan, de cualquier forma, sean muchos o pocos, cada uno de ellos debe hacer el cálculo de Contenido Nacional del; equipo, material, accesorio, servicios, mantenimiento, capacitación, transferencia de tecnología e infraestructura, que proporcionen a Asignatarios, Contratistas o Permisionarios.

VERIFICAR SU CUMPLIMIENTO

La SE emitió el 26.05.2017 el “ACUERDO por el que se establecen las disposiciones para que los asignatarios, contratistas y permisionarios proporcionen información sobre contenido nacional en las actividades que realicen en la industria de hidrocarburos”. En este Acuerdo se establecen los Lineamientos y los Formatos que deben utilizarse para entregar la información que sobre Contenido Nacional hayan obtenido los Asignatarios, Contratistas o Permisionarios.

Esta información que es una recopilación y consolidación que deben hacer Asignatarios, Contratistas o Permisionarios, deberá incluir las cartas de sus proveedores en las que se indiquen las proporciones de CN que hayan obtenido en la entrega o realización de; servicios, bienes, materiales, mantenimiento, etc. los proveedores entregarán, además de la factura que acredite la adquisición de un bien o servicio, la carta del proveedor directo (referida en la disposición 19 de las Disposiciones) donde indicará, entre otros elementos, la proporción de contenido nacional de lo que haya suministrado.

Durante la ejecución de los contratos, los proveedores deberán declarar periódicamente el contenido nacional de los bienes suministrados o servicios (obras, servicios y arrendamientos) realizados. Dichas declaraciones formarán parte de la documentación que Pemex entregará a la Secretaría de Economía, a fin de acreditar el cumplimiento de las metas de contenido nacional.

Las declaraciones de los proveedores que reciba la Secretaría de Economía a través de Pemex podrán ser objeto de una verificación por dicha Secretaría de conformidad con los lineamientos que emita. Por ello, es importante que toda la información contenida en las declaraciones sea correcta, completa y veraz.

En caso de no ser así, y la autoridad detectará alguna anormalidad o falsedad en la información proporcionada, esto podría originar multas cuantiosas. Recuerda que la misma debe ser entregada de manera anual antes del mes de abril.


El incumplimiento en el porcentaje determinado por los operadores, derivado de variaciones o errores, podrá detonar en multas que van de los $662,700 pesos a los $13’254,000 pesos, asimismo, pudiera ser una causal de recisión de contrato por considerarse emisión de reportes falsos o incompletos.


Por ello, es menester de cada uno de los proveedores llevar a cabo una determinación correcta del grado de CN en la venta de sus bienes y/o prestación de servicios, asimismo de los operadores el vigilar, fiscalizar y comprobar que la determinación del CN sea correcta, lo cual llevaría a estos últimos a revisar o auditar la existencia de la prueba documental de los diferentes ejes de la formula hasta el nivel de proveedores que se alcance dentro de la cadena de suministro.

Finalmente podemos señalar con conocimiento de causa, que solo se necesita tener un buen control interno con personal específico y bien capacitado, que se dedique exclusivamente a esta actividad, para asegurar que la información que se proporcione sea correcta y veraz, así como uno de los principales retos es sustentar documentalmente, dicho grado de CN de manera correcta. Tomando como ejemplo aquellas empresas que se dedican a la fabricación de bienes, el documento idóneo para soportar dicho cálculo no es la factura de venta, a pesar de que los bienes sean vendidos o comprados en México, pues no significa que su origen sea del territorio nacional y cumplan con el 100% de CN. Contar con el documento idóneo que soporte esta determinación. Lo anterior pudiendo soportar el porcentaje mediante una declaración bajo protesta de decir verdad en donde se establezca el porcentaje de CN, soportado ya sea porque los bienes son producidos enteramente en el territorio, cumplen con un cambio de clasificación arancelaria, son producidos en el territorio a partir de materiales nacionales, o cumplen con la formula determinada en la metodología antes mencionada.


Es importante mencionar que en caso de que la autoridad determine que la información proporcionada pudiera ser falsa, alterada o que la misma simule registros de contabilidad, podría detonar multas que van de los $331,350,000 pesos a los $662,700,000 pesos.


Para aclarar un poco mas tus dudas en general y como apoyo para ti, te dejamos este material resumen para que lo puedas consultar y ayudarte en tu determinación o tengas una idea que es lo que hay que revisar


Pagina Pemex Contenido Nacional


Video informativo y link de herramienta de apoyo de PEMEX, con los siguientes objetivos:


Contar con un mecanismo de vinculación entre Pemex y sus proveedores y contratistas, que permita, entre otros, el logro de los siguientes objetivos:

  • Fortalecer el entendimiento correcto y homologado de los compromisos de ambas partes en materia de contenido nacional.

  • Obtener las declaraciones de contenido nacional de bienes, obras y servicios, en apego a lo que establece la normativa vigente.

  • Cumplir en tiempo y forma ante los órganos reguladores.

Link de acceso PEMEX CN

En caso de dudas o preguntas estamos listos para apoyarle. Si requieres este u otro servicio, contáctanos en los siguientes teléfonos:


- Ing. Gerardo Rangel. Tel. y WhatsApp: 55- 6207-24-39,


- C.P. Israel Rangel. Tel. y WhatsApp: 55-3994-2530,


- O contáctanos a través de nuestra sección "Hablemos" de esta página web, donde puedes poner tu e-mail, llenar el formulario y te contactamos.

Porque en B2B _ Tu Negocio. Nuestras Ideas. RESULTADOS



21.334 visualizaciones0 comentarios
bottom of page