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El fin del "Sueldo Topado": El IMSS restringe la Modalidad 40 en 2026

hace 10 horas
4 min de lectura
Adiós a la pensión millonaria exprés: El IMSS restringe drásticamente la Modalidad 40 (y por qué podría ser ilegal)
Adiós a la pensión millonaria exprés: El IMSS restringe drásticamente la Modalidad 40 (y por qué podría ser ilegal)

Durante décadas, la "Modalidad 40" (Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio) ha sido la joya de la corona para la planeación del retiro en México. Bajo la Ley del Seguro Social de 1973, miles de trabajadores con salarios bajos utilizaban sus últimos 5 años de vida laboral para inscribirse voluntariamente, "topar" su salario a 25 UMAs y garantizarse una pensión vitalicia de alto nivel.


Esa ventana de oportunidad acaba de sufrir el golpe más duro de su historia.


El pasado 21 de octubre de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Acuerdo del H. Consejo Técnico del IMSS que establece "medidas temporales" que restringen severamente la posibilidad de inflar el salario base de cotización. Si estabas planeando tu retiro bajo este esquema, tu estrategia financiera acaba de cambiar radicalmente.   


En Audit & Advisor B2B desmenuzamos las nuevas reglas, a quiénes afectan de manera retroactiva y, lo más importante, el talón de Aquiles legal de este polémico acuerdo institucional.


1. El Nuevo Tope Salarial: La trampa de la "UMA adicional"


La modificación de mayor trascendencia (y letalidad financiera) radica en la nueva regla para determinar con cuánto dinero puedes inscribirte a la Modalidad 40.  

 

Hasta antes de este acuerdo, el Artículo 218 de la Ley del Seguro Social te permitía elegir cotizar con tu último salario registrado o uno superior (hasta el límite de 25 UMAs). Con la nueva disposición del IMSS, quienes soliciten su incorporación solo podrán inscribirse bajo la siguiente regla: Con su último salario base de cotización registrado al causar baja... o hasta ese importe incrementado en una sola Unidad de Medida y Actualización (UMA).   


💡 Ejemplo del Desastre Financiero:


Imagina a un trabajador cuyo último salario registrado fue de $400 pesos diarios.   

  • Bajo el régimen anterior: Podía renunciar, entrar a Modalidad 40 y elegir cotizar "topado" a $2,714 pesos diarios (aprox. 25 UMAs), disparando el promedio de su pensión.   

  • Bajo la Medida Temporal (Octubre 2026): Su margen de incremento se reduce a sumar solo 1 UMA a sus $400 pesos originales.   


Para quienes cotizaban bajo, la posibilidad de elevar el salario promedio en sus últimos años de vida laboral queda prácticamente eliminada para las nuevas incorporaciones. 

  

2. El fin de la "Retroactividad" y la Obligación Digital


Otra estrategia común entre los asesores de pensiones era dejar pasar meses (o hasta años) sin cotizar, para luego inscribirse a la Modalidad 40 pagando todo el periodo caído de forma retroactiva. El IMSS acaba de cerrar esa puerta.


El nuevo acuerdo dicta que los nuevos aseguramientos deberán realizarse exclusivamente a partir de la fecha de solicitud presentada. Se acabó la flexibilidad para estructurar estrategias de reconocimiento posterior de cotizaciones.   


Además, se elimina la vía presencial: el IMSS instruyó que, una vez instrumentada la disposición, las inscripciones se realicen exclusivamente por medios digitales.  

 

3. ¿Qué pasa si ya estoy inscrito en la Modalidad 40?


El Acuerdo establece expresamente la protección para quienes ya están inscritos a su entrada en vigor (22 de octubre de 2026). Si ya estás cotizando "topado", permanecerás bajo esas condiciones hasta la conclusión del "periodo contratado". El Instituto respetará tus semanas y salarios pagados para el cálculo de tu pensión.   

👁️ Ojo de Experto B2B (El riesgo de la Renovación): Cuidado con los triunfalismos. La protección aplica solo hasta que concluya el periodo contratado. Si por alguna razón dejas de pagar, te dan de baja y solicitas una renovación o nueva incorporación posterior, podrías quedar sujeto a las nuevas restricciones salariales (último salario + 1 UMA). Por ningún motivo interrumpas tus pagos actuales.   

4. El Talón de Aquiles: ¿Es ilegal el Acuerdo del IMSS?


Aquí es donde entra la técnica de defensa fiscal y legal. El IMSS justificó estas "medidas temporales" argumentando la necesidad de realizar un estudio de 6 meses sobre los efectos financieros de la modalidad para la viabilidad del Instituto.   


Sin embargo, hay un problema gigantesco de legalidad: El principio de subordinación jerárquica.   


El Artículo 218 de la Ley del Seguro Social reconoce expresamente el derecho a continuar voluntariamente con un salario superior al registrado. Un simple Acuerdo Administrativo del Consejo Técnico del IMSS no puede, por sí mismo, modificar, restringir o mutilar un derecho establecido directamente en una Ley emanada del Congreso. El hecho de que lo llamen "medida temporal" no lo exime de ser inconstitucional.   


CONCLUSION


Esta medida temporal es claramente la antesala a una reforma legislativa profunda en 2027 que buscará enterrar los beneficios de la Modalidad 40.   


Si estabas a punto de iniciar tu estrategia de retiro o el IMSS te niega la inscripción con un salario superior escudándose en este acuerdo, tienes derechos legales que defender mediante los medios de impugnación correspondientes.   


En Audit & Advisor B2B estamos analizando las vías de defensa legal (Juicio de Nulidad y Amparo) contra las restricciones inconstitucionales de este acuerdo. Tu retiro no es un juego. Contáctanos hoy mismo para auditar tu situación pensionaria y trazar una ruta legal y financiera de emergencia.


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