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  • Foto del escritorIsrael Rangel

¿ SABÍAS QUE EL ALTA ANTE EL SAT COMO PERSONA FÍSICA TIENE SUS BENEFICIOS ?



Una de las primeras que cosas que tenemos que hacer todos (o la mayoría), cuando iniciamos nuestra vida laboral, es darnos de alta ante SAT, regularmente cuando nos van a contratar nos dicen en que regimen darnos de alta, dependiendo del esquema de los pagos y/o prestaciones que nos vayan a otorgar, nos damos de alta y no preguntamos mas, porque al final, nuestro patrón (en el caso de estar en nomina) o como asimilable a sueldos, se encargaran de hacer nuestras declaraciones y nosotros solo de cobrar : ) ..... pero que sucede si quieres poner una "empresa" o negocio, por el motivo que quieras, regularmente el darnos de alta como persona física, lo mas viable y mas recomendable, es hacerlo bajo el Regimen de PF con Actividades Profesionales, porque? porque de esa manera podemos desarrollar diversas actividades sin limitaciones, trabajar por honorarios, estar en nomina, asimilables a sueldos, etc.... pero sabías que esto tiene sus beneficios en el esquema fiscal (regresando al caso de querer establecer o poner un negocio propio) en comparación de un alta como persona moral.... ??

Dentro de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente, es claro que, se tienen diferencias en el esquema de tributación de una Persona Moral con el de una Persona Física en las actividades empresariales.

En 2016 "Según cifras oficiales más del 90% de los contribuyentes inscritos en el Servicio de Administración Tributaria son Personas Físicas." ahora en 2020 esa cifra no solo ha permanecido (según estadísticas del SAT a junio de 2020) sino que ha aumentado al 97% de un padrón de 78 millones de personas y empresas inscritas, esto debido a la apertura de las diferentes opciones para poder inscribirse y las facilidades otorgadas de los diferentes esquemas para ser formal.


La persona física para efectos fiscales se refiere a cualquier individuo que tenga una actividad económica, ya sea como empleado, profesionista, arrendatario, comerciante, etc. Mientras que la persona moral es una entidad que tiene personalidad jurídica distinta a la persona física(s) que la constituyen (una empresa generalmente).

Cualquier opción o regimen que decidas para darte de alta, es indispensable que quien va a iniciar una actividad empresarial, piense varias veces y debidamente razonado, sí los objetivos de negocios y los fiscales son compatibles, entonces el desarrollar la actividad empresarial mediante una(s) persona(s) física(s) siempre dará más ventajas en el libre flujo de recursos a el (los) propietario(s).

A continuación les dejamos las ventajas de ser Persona Física o las desventajas de las Personas Morales:


1.- No existen gastos de constitución o notariales para iniciar actividades.

2.- Hay libertad de decisiones.

3.- No tienen la obligación de contar con cuentas de obligación fiscal de CUFIN y CUCA.

4.- Tiene varias opciones en el régimen de actividades empresariales en el Impuesto sobre la Renta:


a) Honorarios y Asimilables a salarios: Personas que prestan servicios profesionales a empresas privadas o entidades gubernamentales. / Abogados, Contadores, Ingenieros, etc. b) Régimen Incorporación Fiscal (RIF): Personas que tengan actividades comerciales de manera no profesional./ Tienditas, peluquerías, abarrotes, etc. (ve como crear la tuya con el siguiente link de nuestra pagina -> CREA TU RIF) c) Actividades empresariales: Personas que sus actividades económicas están relacionadas con el comercio./UBER y empresas similares, agricultores, comerciantes, etc.


- d) Arrendamiento: Personas que obtienen ingresos por el arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles.


5.- En actividades del sector primario existe el beneficio de la reducción del Impuesto sobre la Renta.

6.- Acumulación de los ingresos al cobro (Adquieren obligaciones fiscales hasta el momento que inician actividades económicas o perciben ingresos).

7.- Les aplican los estímulos fiscales de la Ley de Ingresos de la Federación.

8.- No existen los periodos de disolución y liquidación.

9.- No existen Dividendos Fictos.

10.- No se tienen limitantes para retirar las utilidades.

11.- No se tiene limitantes para reembolsar o reducir el patrimonio.

12.- No se tiene la tasa adicional del 10% en el retiro de utilidades.

13.- Existe limitante a la responsabilidad solidaria fiscal dentro del artículo 26-A del Código Fiscal de la Federación.

14.- Se deducen las Compras y no el Costo de Ventas.

15.- No se tiene que evaluar la producción para efectos fiscales de los productos terminados, en caso de actividades de transformación.

16.- Se puede ser socio de una Cooperativa de Consumo

17.- Se puede ser parte en un Contrato de Asociación en Participación.

Tributar como personas físicas tiene la ventaja de que su operación y administración es más sencilla, ya que no requiere llevar contabilidad y la presentación de la DIOT (siempre y cuando sus ingresos sean menores a 4 millones de pesos anuales), además en el momento que requieres flujo para tus gastos o inversiones personales no requieres decretar dividendos, sin embargo, responderás hasta con tu patrimonio por las obligaciones que contraigan por tu negocio.


Vez ??? evalúa esta opción la cual consideramos muy viable para negocios pequeños y hasta medianos (con sus limitantes en ingresos), sin embargo, pero para iniciar podría ser muy buena opción, en el caso de estar en un periodo de emprendimiento de tu parte, aviéntate ... vas .....!!!!


Para complementar tus opciones, a continuación se muestran los Regímenes de las Personas Morales, sus requisitos básicos para constituirse y darte de alta:


Sociedad Anónima


Las principales particularidades de las S.A. DE C.V. son las siguientes:

  • Se constituye ante notario o fedatario público.

  • Se requieren 2 o más personas físicas o morales para constituirla.

  • Es opcional que la transmisión de acciones sea autorizada por la asamblea general.

  • Responsabilidad de los accionistas hasta por el pago de su aportación (Articulo 87 LGSM).

  • La acumulación de ingresos para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) es en función a lo devengado.

Sociedad de Responsabilidad Limitada


Las principales particularidades de las S DE RL son las siguientes:

  • Se constituye ante notario o fedatario público.

  • Se requieren 2 o más personas físicas o morales para constituirla.

  • Tiene un límite de 50 socios (Artículo 61 LGSM).

  • Responsabilidad de los socios es hasta por el pago de su aportación (Artículo 58 LGSM).

  • La cesión de partes sociales debe aprobarse por la mayoría de la asamblea de socios (Artículo 65 LGSM) y todos tienen derecho de estar informados (Articulo 66 LGSM). Es por este motivo, que muchas empresas extranjeras optan por esta opción ya que perder el control de la Compañía es muy difícil.

  • La acumulación de ingresos para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) es en función a lo devengado, es decir podrías pagar impuesto sobre ventas que aún no has cobrado.

Sociedad por Acciones Simplificada (la que se crea en red en un día, checa el link de nuestra pagina para que puedas crear la tuya -> CREA TU SAS)


Las particularidades de las S.A.S son las siguientes:

  • Se pueden constituir a través de medios electrónicos sin la necesidad de notario o fedatario público, lo que significa un ahorro ya que la constitución ante notario o fedatario público puede llegar a tener un costo de $25,000 pesos aproximadamente.

  • Una sola persona física puede constituirla.

  • La responsabilidad de los accionistas es hasta por el pago de su aportación.

  • El límite de los ingresos en el ejercicio no podrá exceder los $5,671,800 pesos.

  • La acumulación de ingresos para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) es en función al flujo (cobrado y pagado), lo cual puede generar un beneficio fiscal.

Sea como sea que te constituyas, te dejamos el link de nuestra pagina con el calendario de las obligaciones fiscales que tienes que cumplir todo el año para que no se te pase ninguna de ellas -> CALENDARIO OBLIGACIONES FISCALES


Recuerda que en B2B, podemos ayudarte y guiarte en estos procesos en función de tus objetivos, no dudes en informarte y si es necesario asesorarte para evitar contingencias en un futuro. Y recuerda

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