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Programa de Regularización Fiscal 2026: Tu oportunidad para eliminar el 100% de Multas y Recargos (Borrón y Cuenta Nueva)

"Contable analizando el Programa de Regularización Fiscal SAT 2026, condonación de multas y recargos para empresas."
"Contable analizando el Programa de Regularización Fiscal SAT 2026, condonación de multas y recargos para empresas."

El 22 de enero de 2026, el SAT lanzó oficialmente el Programa de Regularización Fiscal 2026. Si tu empresa o tú como persona física arrastran adeudos, errores u omisiones de 2024 o años anteriores, este es el momento de actuar.


No estamos hablando de una simple facilidad de pago; estamos hablando de un estímulo fiscal diseñado para condonar (perdonar) hasta el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución.


Sin embargo, como todo en materia fiscal, hay "letras chiquitas". No aplica para todos y las fechas límite varían según tu situación. En Audit & Advisor B2B analizamos las reglas de operación (RMF y Comunicado 05/2026) para que aproveches este beneficio sin errores.


1. ¿Quiénes pueden acceder al beneficio? (El filtro de los 300 Millones)

El programa está diseñado para Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs) y personas físicas. El requisito principal es que tus ingresos totales en el ejercicio 2024 no hayan excedido los 300 millones de pesos.


👁️ Ojo de Experto: ¿Cómo verifica el SAT este umbral? Revisará tu Declaración Anual 2024 (presentada antes del 1 de enero de 2026). Si no presentaste anual, tomará la suma de todos los CFDI emitidos en ese año. Si estás en el límite, haz la validación antes de aplicar.

2. Los 3 Escenarios de Aplicación y sus Fechas Límite


No todos los deudores son iguales. El SAT divide a los contribuyentes en tres grupos y los plazos son diferentes. Confundirlos puede costarte el beneficio.


Escenario A: Autocorrección (Debes, pero el SAT no te ha cobrado)


Si sabes que omitiste pagos o declaraste mal en 2024 o antes, pero el SAT no te ha descubierto:


  • Beneficio: Pagar solo el impuesto histórico (la suerte principal) y aplicar el estímulo sobre recargos y multas.

  • Cómo: Presentando declaraciones complementarias y seleccionando la opción "Estímulo de regularización fiscal" en el portal.


  • Fecha límite de pago: 31 de diciembre de 2026.


Escenario B: En Auditoría (Facultades de Comprobación)


Si el SAT ya te está revisando (auditoría en proceso) pero aún no emite la resolución final:


  • Beneficio: Frenar la auditoría y acceder a la reducción.

  • Requisito: Corregir totalmente la irregularidad.

  • Fecha límite: 31 de diciembre de 2026.


Escenario C: Créditos Fiscales Firmes (Ya te cobraron)


Este es el escenario más crítico. Si ya tienes un crédito determinado (firme o que aceptes pagar):


  • Trámite: Debes presentar una Solicitud de Aclaración bajo la ficha de trámite 9/LIF.


  • 🚨 Fecha Límite de Solicitud: A más tardar el 31 de octubre de 2026. ¡Ojo! Aquí el plazo vence antes.


  • Facilidad Extra: Puedes pagar hasta en 6 parcialidades, siempre que la última se cubra antes del 30 de noviembre de 2026.


👁️ Ojo de Experto: Existe una facilidad interesante en las reglas. Aunque la ley habla de "Créditos Firmes", la normativa permite aplicar el estímulo a créditos "Consentidos". Esto significa que, si tienes un adeudo que podrías pelear en tribunales, pero decides "rendirte" (desistirte del medio de defensa) y pagar, el SAT te acepta en el programa. A veces, el ahorro en multas vale más que el costo del litigio.

3. ¿Qué conceptos se perdonan y cuáles NO?


El estímulo es generoso, pero no mágico.


  • SÍ se condona (Hasta 100%): Multas de fondo y forma, Recargos y Gastos de Ejecución.


  • NO se condona: El Impuesto omitido (la suerte principal). Ese debes pagarlo íntegro y actualizado.


Importante: Si tu crédito fiscal se compone exclusivamente de multas (ej. multas por no enviar contabilidad), la reducción máxima es del 90%, no del 100%.


4. ¿Quiénes están vetados del programa?


Aunque cumplas con los ingresos, no podrás aplicar si:


  1. Estás en la "lista negra" del SAT (EFOS listado definitivo art. 69-B).

  2. Tienes sentencia por delitos fiscales.

  3. Ya recibiste condonaciones en programas anteriores (eres reincidente en amnistías).

  4. Fuiste beneficiado por el estímulo de la LIF 2025 (el del año pasado).


Checklist de Acción para Regularizarte


  1. Diagnóstico: Descarga tu Opinión de Cumplimiento y revisa tu Buzón Tributario. Identifica si tienes créditos firmes o solo omisiones.

  2. Cálculo: Separa el "Impuesto a Cargo" de los "Accesorios" (Multas/Recargos). Recuerda que solo te ahorrarás los accesorios.

  3. Flujo de Efectivo: Si vas por el escenario de Crédito Firme, ¿tienes liquidez para pagar en 6 meses? Si fallas una parcialidad, se cancela el beneficio.

  4. Trámite: Si es crédito firme, presenta la ficha 9/LIF antes de octubre.


¿Vale la pena "hacer las paces" con el SAT? En la mayoría de los casos, sí. El ahorro financiero de eliminar recargos acumulados y multas puede sanear tu empresa. Si necesitas ayuda para presentar la solicitud 9/LIF o calcular si cumples el umbral de los 300 millones, contáctanos. En Audit & Advisor B2B gestionamos tu regularización.


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